Donación de órganos

1.- ¿Por qué es importante la donación de órganos y tejidos?
El trasplante de órganos, tejidos y células, se presenta como una alternativa terapéutica para aquellos pacientes con padecimientos cuya consecuencia es la insuficiencia irreversible de algún órgano o la disfunción de algún tejido. En algunos casos, es la única alternativa terapéutica para conservar la vida.
Los trasplantes sólo pueden realizarse gracias a la solidaridad de aquellos que donan sus órganos de manera altruista y voluntaria ya sea en vida o al morir.
2.- ¿Quién es un donador?
Un donador es aquella persona que en vida ha tomado la decisión, de que al morir, sus órganos o tejidos sean donados, a través del Sistema Nacional de Trasplantes, para que otra persona se salve o mejore su calidad de vida.En la Ley General de Salud se establece que todos los mexicanos tienen el derecho a decidir sobre su cuerpo, y si lo desean, podrán expresar su decisión de donar órganos y/o tejidos de manera verbal o por escrito, y a revocarla en el momento que lo considere conveniente.
No se debe olvidar que lo más importante es que cuando una persona haya tomado esta decisión, lo comparta con su familia para que ellos la respeten y sean sus portavoces al momento del fallecimiento. En caso de que cambiara su decisión, también deberá comentarlo con su familia.
3.- ¿Qué puedo donar?
Si una persona pierde la vida por paro cardio-respiratorio, únicamente podrá donar tejidos como: hueso, piel, córneas, tendones, cartílago y vasos sanguíneos.Si una persona pierde la vida por muerte cerebral: podrá donar órganos (corazón, pulmón, hígado, riñones, páncreas) y tejidos (hueso, piel, córneas, tendones, cartílago y vasos sanguíneos)
4.- ¿Cómo saben que tengo muerte cerebral y no un coma?
Existen criterios médicos reconocidos a nivel mundial, que sin ninguna posibilidad de error, permiten diferenciar la muerte cerebral de otros diagnósticos como el coma o del estado vegetativo persistente. La muerte cerebral ocurre cuando el tallo y la corteza cerebral están destruidos, lo que produce la muerte del cerebro y no hay forma de devolverlo a la vida. En México la Ley General de Salud, indica que para los casos de donación de órganos y tejidos, se deberán realizar estudios que comprueben la muerte cerebral demostrando la ausencia total e irreversible de todas las funciones cerebrales. Existen dos maneras de comprobar la muerte cerebral en México mediante dos electroencefalogramas con diferencia de 5 horas entre uno y otro o a través de una angiografía bilateral.5.- ¿Cuáles son las características de la muerte cerebral?
La pérdida permanente e irreversible de conciencia y de respuesta a estímulos sensoriales; la ausencia de automatismo respiratorio, y la evidencia de daño irreversible del tallo cerebral, manifestado por arreflexia pupilar (falta de respuesta de las pupilas a la luz), ausencia de movimientos oculares y ausencia de respuesta a estímulos nociceptivos.Se deberá descartar que dichos signos sean producto de intoxicación aguda por narcóticos, sedantes, barbitúricos o sustancias neurotrópicas.

6.- ¿Quiénes pueden ser donadores?
En vida hombres y mujeres mayores de edad que se encuentren en buen estado de salud. En casos de donación de médula ósea se aceptan menores de edad, siempre y cuando, sus padres o representantes legales del menor otorguen su consentimiento expreso.Después de la vida se consideran potenciales donadores a los mayores de 2 meses de edad y la donación dependerá de la valoración que realicen los médicos y la causa de la muerte.
7.- ¿Existe un límite de edad para donar después de la vida?
No hay límite de edad, siempre y cuando los órganos y tejidos se encuentren sanos. El médico, es el único que podrá determinar si los órganos son útiles para trasplante8.- ¿Quiénes no pueden donar?
La Ley General de Salud en los artículos 326 y 332 establece:Los menores de edad no pueden donar en vida excepto cuando se trate de trasplantes de médula ósea, para lo cual se requerirá el consentimiento expreso de los padres o representantes legales.
Los incapaces mentales y otras personas sujetas a interdicción no podrán ser donadores ni en vida ni después de su muerte.
Las mujeres embarazadas en vida podrán donar sólo en caso de que el receptor estuviere en peligro de muerte y siempre que no implique riesgo para la madre ni para el producto de la concepción.
Tampoco podrán donar aquellas personas que se encuentren infectadas por el virus VIH/SIDA. O que hayan padecido algún tipo de cáncer exceptuando tumores primarios del cerebro o piel.
9.- ¿Los menores de edad pueden donar?
Los menores de edad, solamente pueden donar después de la vida, y se solicita a los padres o representantes legales, su consentimiento expreso para la donación.En vida, los menores de edad, sólo podrán donar médula ósea con el consentimiento expreso de sus padres o representantes legales.
10.- ¿Qué puedo donar en vida?
Siendo mayor de edad puedes donar cualquier órgano o tejido que se regenere o que su función pueda ser compensada por el organismo. ( riñón, hígado, médula ósea). En el caso de los menores, sólo pueden donar médula ósea con el consentimiento expreso de sus padres o representantes legales.11.- ¿Cómo puedo donar en vida?
La Ley General de Salud establece lo siguiente:Artículo 333.- Para realizar trasplantes entre vivos, deberán cumplirse los siguientes requisitos respecto del donante:
I. Ser mayor de edad y estar en pleno uso de sus facultades mentales;
II. Donar un órgano o parte de él que al ser extraído su función pueda ser compensada por el organismo del donante de forma adecuada y suficientemente segura;
III. Tener compatibilidad aceptable con el receptor;
IV. Recibir información completa sobre los riesgos de la operación y las consecuencias de la extracción del órgano o tejido, por un médico distinto de los que intervendrán en el trasplante;
V. Haber otorgado su consentimiento en forma expresa, en términos del artículo 322 de esta Ley, y
VI.- Los trasplantes se realizarán, de preferencia, entre personas que tengan parentesco por consanguinidad, civil o de afinidad. Sin embargo, cuando no exista un donador relacionado por algún tipo de parentesco, será posible realizar una donación, siempre y cuando se cumpla con los siguientes requisitos:
a) Obtener resolución favorable del Comité de Trasplantes de la institución hospitalaria, donde se vaya a realizar el trasplante, previa evaluación médica, clínica y psicológica;
b) El interesado en donar deberá otorgar su consentimiento expreso ante Notario Público y en ejercicio del derecho que le concede la presente Ley, manifestando que ha recibido información completa sobre el procedimiento por médicos autorizados, así como precisar que el consentimiento es altruista, libre, consciente y sin que medie remuneración alguna. El consentimiento del donante para los trasplantes entre vivos podrá ser revocable en cualquier momento previo al trasplante, y
c) Haber cumplido todos los requisitos legales y procedimientos establecidos por la Secretaría, para comprobar que no se está lucrando con esta práctica.
12.- ¿Qué tengo que hacer para donar mis órganos?
Infórmate y aclara todas tus dudas respecto a la donación.Estar convencido de que “DONAR” es un acto de buena voluntad y mediante el cual puedes dar vida a otras personas.
Platicarlo con tus familiares más cercanos y manifestarles tu decisión, ya que en caso de muerte, ellos serán quienes tomen la última decisión.
Manifiesta tu deseo de donar a través de la tarjeta de donación voluntaria de órganos o tejidos que podrás encontrar en cualquier establecimiento hospitalario ó en el Consejo Estatal de Trasplantes.
Es de importancia mencionar que el pasado 5 de noviembre de 2004 se reformó el artículo 329 de la Ley General de Salud el cual establece que el Centro Nacional de Trasplantes se encargará de expedir el documento oficial mediante el cual se manifieste el consentimiento expreso de todas aquellas personas cuya voluntad sea donar sus órganos, después de su muerte para que éstos sean utilizados en trasplantes.
El proceso de expedición del documento oficial cuenta de varias etapas debido a su magnitud y complejidad, ya que debe abarcar todo el territorio nacional. En virtud de lo anterior por el momento puedes obtener el documento oficial de donación acudiendo a las oficinas en Carretera Picacho Ajusco 154, piso 6, Colonia Jardines en la Montaña, Delegación Tlalpan, en México D.F.
13.- ¿Cómo puedo obtener mi “Tarjeta de Donación Voluntaria de Órganos y Tejidos”?
Actualmente existe una tarjeta promocional de donación voluntaria de órganos y tejidos que te permite expresar por escrito el deseo de ser donador y motiva el diálogo con tu familia.Puedes obtener la tarjeta comunicándote al Centro Nacional de Trasplantes al 56-31-14-99 extensión 1902-1905, o a través de nuestra lada sin costo 01800-201-7861 y 01800-2017862. También la puedes solicitar escribiendo a: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla
Esta misma tarjeta, la puedes obtener en el Consejo Estatal de Trasplantes de tu estado. Ubicado en el interior del Hospital General Dr. Miguel Silva, en la ciudad de Morelia., ó en los establecimientos hospitalarios.
Otra forma de obtenerla es acudiendo a cualquier tienda Sanborns del país.
Finalmente, no olvides que la mejor forma de lograr tu deseo de ser donador al morir, es comunicándoselo a tu familia, quién seguramente en esas circunstancias, tendrá el deseo de cumplir tu voluntad.
14.- ¿Necesito hacerme algún estudio para poder inscribirme como donador?
No es necesario. Los estudios se realizan en el hospital, hasta el momento en que una persona fallece y realmente tiene posibilidades de ser donador.15.- Si se me pierde mi Tarjeta de Donador ¿qué debo hacer?
Solicita una reposición al Centro Nacional de Trasplantes o en cualquier establecimiento mencionado antes.16.- Al momento de mi muerte ¿qué debe hacer mi familia?
Si falleces en un hospital en el que existe un programa de donación de órganos y tejidos, el personal autorizado para este fin, Coordinador de la Donación, se acercará a tu familia para informarles de la posibilidad de donar. Tu familia tendrá que analizar la opción y tomar la importante decisión de dar vida a alguien más. En el caso de que fallezcas en un hospital que no cuente con programa de donación de órganos y tejidos y tu familia sepa de tu deseo de donar, deberán comentarlo con el médico tratante.17.- ¿Si muero quién recibe mis órganos?
Para la asignación de órganos y tejidos de donador no vivo, se tomará en cuenta la gravedad del receptor, la oportunidad del trasplante, los beneficios esperados, la compatibilidad con el receptor y los demás criterios médicos aceptados. Cuando no exista urgencia o razón médica para asignar preferentemente un órgano o tejido, ésta se sujetará estrictamente a listas que se integrarán con los datos de los mexicanos en espera, y que estarán a cargo del Centro Nacional de Trasplantes.18.- Si un familiar necesita un órgano, ¿qué debo hacer?
Si tu familiar ya ha sido diagnosticado por un especialista como candidato a recibir un órgano o tejido, lo más importante es que ese médico lo inscriba en la lista de espera de la Institución en la que es atendido, ya que esa forma parte de la Lista Nacional de Espera. Si te interesa confirmar si tu familiar se encuentra ya inscrito en la Lista Nacional de Espera comunícate al 56-31-14-99 extensión 1902-1905, o a través de nuestra lada sin costo 01800-201-7861 y 01800-2017862. Y en el Estado de Michoacán al Consejo Estatal de Trasplantes al teléfono 01 443 3 17 79 91. Y te explicaremos el procedimiento que debes seguir para obtener esta información. Recuerda que la inscripción a la lista de espera es GRATUITA.19.- ¿Puedo donar mis órganos y tejidos directamente a algún familiar al momento de mi muerte?
Si, siempre y cuando sea compatible y cumpla con todos los criterios médicos y legales requeridos.20.- ¿Qué pasa si mi familiar se niega a donar mis órganos, pero yo si quiero hacerlo?
Por experiencia, la familia que conoce el deseo de donar de su ser querido que acaba de fallecer, siempre procura cumplir la voluntad de él, sin embargo, si crees que no será así, puedes solicitar el Documento Oficial de Donación que otorga este Centro.21.- Si yo no deseo donar mis órganos o tejidos al fallecer ¿mis familiares podrían decidir lo contrario?
Tu tienes el derecho de decidir “no donar”, pero si no lo has comentado y no existe ningún documento que garantice el cumplimiento de tu voluntad, tu familia tiene el derecho de decidir otorgar la donación. Por eso es muy importante que platiques con tus familiares respecto a tu decisión de no donar.22.- ¿En cuánto tiempo entregan el cuerpo al familiar?
El tiempo puede variar, según las circunstancias de la donación y si se trata de una donación de múltiples órganos y tejidos. A partir de la confirmación de diagnóstico de muerte cerebral se puede tardar entre 6 y 24 horas.23.- ¿Se desfigura el cuerpo del donante cuando se extraen los órganos o tejidos?
Los cirujanos que realizan la toma de órganos y tejidos son muy cuidadosos en cerrar y cubrir las heridas provocadas por la cirugía de procuración, es decir, el cuerpo no se mutila ni desfigura, y es tratado con dignidad y respeto.24.- Si dono algún órgano o tejido ¿me pagan el funeral?
No, los gastos del funeral son responsabilidad de la familia, así como los gastos de la atención médica no relacionada con la donación.La Ley General de Salud, establece que la donación de órganos o tejidos, debe ser altruista y sin ánimo de lucro, cualquiera que otorgue o reciba un beneficio a partir de la donación, comete un delito.
25.- ¿Es muy caro un trasplante?
Por la complejidad del procedimiento quirúrgico del trasplante este tiene un costo elevado, si necesita información específica acerca de los costos, es recomendable consultar al médico que lo atiende.26.- ¿Puedo donar con tatuajes?
Si, siempre y cuando haya transcurrido un año a partir del momento en que fuiste tatuado y se descarte la presencia de una enfermedad infecto contagiosa.27.- ¿Existe el tráfico ilegal de órganos en nuestro país?
No nos consta que exista el tráfico ilegal de órganos, ya que no existe ninguna denuncia al respecto. Por otra parte, el trasplante es un procedimiento que requiere de la participación de profesionistas altamente especializados, y los requerimientos técnicos son muy complejos para que el trasplante tenga éxito, esto hace difícil la existencia del tráfico ilegal de órganos.Además, de manera preventiva la legislación establece lo siguiente:
Todo establecimiento que extraiga órganos y tejidos y/o que realice trasplantes requiere:
- Licencia sanitaria,
- Responsable sanitario
- Comité de trasplantes que tiene la obligación de verificar que todo procedimiento de donación y trasplante se realice conforme a la ley y de informar al Registro Nacional de Trasplantes de sus actividades.
Sin embargo, la responsabilidad de vigilar es de todos, por ello es conveniente que si sabes de alguna irregularidad, la DENUNCIES ante las autoridades competentes.
28.- ¿Dónde puedo conseguir mayor información?
Llamando a los teléfonos 01800-201-7861 ó 01800-201-7862 o al 5631-1499 extensiones 1902-1905.Acudiendo a las oficinas del Consejo Estatal de Trasplantes del estado, el cual está ubicado en el interior de Hospital General Dr. Miguel Silva con domicilio en Isidro Huarte esq. Samuel Ramos s / n col. Centro de la ciudad de Morelia ó al Centro Nacional de Trasplantes ubicadas en Carretera Picacho Ajusco 154, 6º piso, colonia Jardines en la Montaña, delegación Tlalpan, C.P. 14210, México, D.F., o enviando tus dudas a la siguiente dirección electrónica: Esta dirección de correo electrónico está protegida contra los robots de spam, necesita tener Javascript activado para poder verla
