Trámite y renovación de concesiones
| De conformidad con los artículos del 9º al 20º del Reglamento de la Ley de Comunicaciones y Transportes del Estado, en el último trimestre del año, la Comisión Coordinadora del Transporte COCOTRA, deberá publicar la situación del tránsito y transporte en relación con la oferta y la demanda, y en base a los estudios técnicos de resultar necesario, se emitirá convocatoria de necesidad pública del transporte, ante lo cual, los interesados deberán acudir con solicitud ante dicha dependencia, para ser concesionarios debiendo llenar los siguientes requisitos: |
1).- Para las personas físicas:
a).- Copia de la licencia de servicio público, en caso de ser mayor de 60 años copia de identificación oficial
b).- Copia certificada del acta de nacimiento
c).- Comprobante de domicilio
d).- Carta de no antecedentes penales
e).- Carta de residencia y buena conducta del H. Ayuntamiento del lugar de la pretendida concesión
f).- Certificado de no ser concesionario
g).- Documentos que acrediten la legítima propiedad del vehículo a registrar
2).- En el caso de personas morales:
a).- Copia certificada del acta constitutiva de la sociedad
b).- Identificación del representante social y la acreditación de su personalidad
c).- Copia certificada de la cédula fiscal de la empresa
d).- Documentos que acrediten la legítima propiedad del o los vehículos a registrar
En base a los estudios comparativos y dictámenes de la Dirección de Planeación y Proyectos de la propia COCOTRA, se emitirán las resoluciones correspondientes, mismas que se notificarán mediante correo certificado al interesado, así también se publicarán en el Periódico Oficial dentro de los diez días siguientes.
Los interesados beneficiados deberán presentar una póliza de seguro de viajero de una compañía reconocida a nivel nacional.
¿Qué debo hacer para Renovar concesiónes?
Para la renovación de las concesiones procederá siempre y cuando se cumplan con los requisitos y condiciones establecidas en el artículo 22º del mismo Reglamento antes mencionado, que son a saber:
I. Que de acuerdo con los estudios técnicos de la COCOTRA, sea necesario continuar con la prestación del servicio público específico que a la fecha preste el concesionario.
II. Que se haya solicitado la renovación de la concesión en los primeros sesenta días del año fiscal; y
III. Que se demuestre a entera satisfacción de la COCOTRA, que se encuentra cumpliendo con todas las condiciones y requisitos establecidos en su título de concesión.
¿Dónde debo realizar los trámites?
Una vez reunido lo anterior, se hará el pago correspondiente a la renovación o revalidación de la concesión, ante la Secretaría de Finanzas y Administración, a través del módulo instalado ex profeso en la Dirección del Transporte, acreditando estar al corriente con los pagos de la concesión.


